Las oraciones subordinadas adjetivas equivalen a un adjetivo y desempeñan en la oración compleja las mismas funciones sintácticas que el sintagma adjetival en la oración simple: adyacente o complemento del nombre, atributo y complemento predicativo. Todas las subordinadas adjetivas pueden sustituirse por un adjetivo.
Se diferencian dos tipos de subordinadas adjetivas: las de relativo y las de participio. Las subordinadas adjetivas de relativo están introducidas por pronombres relativos (que, cual, cuales, quien, quienes, cuanto y sus variantes), determinativos relativos (cuyo, cuya, cuyos, cuyas, y cuanto y sus variantes) y adverbios relativos (cuando, donde, como) y desempeñan siempre la función de adyacente o complemento del nombre. Los relativos hacen referencia a un sustantivo de la oración compleja que ha aparecido antes y desempeñan en la oración subordinada dos funciones sintácticas (nexo subordinante y la función que le corresponde en la subordinada según la clase de palabra que es). Cuando falta el sustantivo antecedente, estas oraciones dejan de tener naturaleza adjetiva y pasan a sustantivarse o adverbializarse. Igual que los adjetivos, las oraciones subordinadas adjetivas de relativo pueden ser, según su significado, especificativas y explicativas.
Las oraciones subordinadas adjetivas de participio no llevan ningún tipo de nexo y su núcleo verbal es un participio que concuerda en género y número con el sustantivo al que se refiere, bien directamente (haciendo la función de adyacente) o bien a través de un verbo copulativo (realizando la función de atributo) o de un verbo predicativo (haciendo la función de complemento predicativo).
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